Ayudas IVACE – Programa MOVES III 2025 para la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible

El Instituto Valenciano de Competitividad e Innovación (IVACE+i) ha abierto la convocatoria de ayudas del Programa MOVES III 2025 – Vehículos Comunitat Valenciana, destinado a fomentar la movilidad sostenible a través de la compra o el renting de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden ser beneficiarios:

  • Personas jurídicas cuyo NIF comience por A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, con domicilio social, sede o actividad en la Comunitat Valenciana.
  • Entidades de conservación de polígonos y sociedades agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.
  • Profesionales autónomos con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana y alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Personas físicas mayores de edad, residentes en la Comunitat Valenciana (excepto en casos de discapacidad).
  • Comunidades de propietarios con domicilio en la Comunitat Valenciana.
  • Entidades locales.

¿Qué vehículos se pueden subvencionar?

Las ayudas cubren la adquisición directa, leasing financiero o renting operativo de:

  • Vehículos nuevos matriculados por primera vez en España a partir del 1 de enero de 2025.
  • Vehículos seminuevos (con hasta 12 meses de antigüedad), siempre que hayan estado a nombre del fabricante, concesionario, empresa de renting o de alquiler.

Categorías de vehículos admitidas:

  • M1: turismos
  • N1: furgonetas o camiones ligeros (hasta 3,5 toneladas)
  • L3e, L4e, L5e: motocicletas
  • L6e y L7e: cuadriciclos ligeros y pesados

Todos los modelos deben figurar en la base oficial del IDAE:
Consulta de vehículos incentivables

No es obligatorio achatarrar un vehículo, aunque el importe de la ayuda aumenta si se acredita la baja definitiva de un vehículo con más de 7 años.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas varían según el tipo de solicitante, el vehículo y si se realiza achatarramiento. A modo orientativo:

  • Vehículo eléctrico puro (BEV):
    • 7.000 euros con achatarramiento
    • 4.500 euros sin achatarramiento
  • Híbrido enchufable (PHEV):
    • 5.000 euros con achatarramiento
    • 2.500 euros sin achatarramiento
  • Motocicletas eléctricas (≥70 km de autonomía):
    • Hasta 1.300 euros
  • Furgonetas eléctricas (N1):
    • Hasta 9.000 euros

Incremento adicional del 10 % en los siguientes casos:

  • Personas con movilidad reducida
  • Residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes
  • Vehículos destinados a taxi o VTC

Límites de precio del vehículo:

  • Turismos: hasta 45.000 euros (hasta 53.000 euros si tienen 8 o 9 plazas)
  • Motocicletas: hasta 10.000 euros

El descuento mínimo del fabricante o concesionario debe ser de 1.000 euros antes de impuestos (en turismos y furgonetas).

Presentación de solicitudes

  • Plazo: del 18 de julio al 31 de diciembre de 2025, o hasta agotar presupuesto.
  • La solicitud se presenta a través de concesionarios o puntos de venta adheridos al programa.
  • Las ayudas se conceden por orden de presentación.

Si el presupuesto se agota, las solicitudes pasarán a lista de reserva provisional.

Adhesión de concesionarios

Podrán adherirse las empresas comercializadoras de vehículos con alta en los epígrafes IAE 615.1 o 654.1 y sede o establecimiento en España.

El plazo para adhesión de puntos de venta estará abierto del 18 de julio al 30 de noviembre de 2025.

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