Subvenciones para la realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación entre varias empresas

El Institut Valencià de Competència Empresarial (IVACE) convoca una nueva línea de ayudas y subvenciones para empresas de nuestro territorio.

Dirigido a: PYME y grandes empresas con al menos cuatro trabajadoras o trabajadores.

Presentación solicitudes: desde el 26/02/2018 hasta el 27/03/2018.

Plazo de ejecución: deberá iniciarse con posterioridad a la fecha de solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2019.

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 10/09/2019.

Empresas beneficiarias:

– Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:

– Una de las empresas deberá ser PYME.

– Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.

– Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.

– La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.

– La constitución del consorcio deberá acreditarse mediante un acuerdo entre las partes.

Requisitos de los proyectos:

  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 80.000 euros y menor de 500.000 euros.
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
  • Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.

Actuaciones apoyables:

1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de ls siguientes actuaciones apoyables:

  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en el anexo II de la Resolución de convocatoria.

Tipo de ayuda:

  • Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
  1. Pequeña empresa: hasta el 45%.
  2. Mediana empresa: hasta el 35%.
  3. Gran empresa: hasta el 25%

Las intensidades anteriores podrán aumentarse con un 10% de los costes subvencionables si se cumple alguno de los siguientes requisitos:

  • a) Contratación de personal altamente cualificado (ver requisitos en el anexo de la Resolución de convocatoria) con participación activa en el desarrollo del proyecto y sin vinculación contractual de carácter laboral durante los seis meses previos a la formalización del contrato. La contratación deberá producirse durante la ejecución del proyecto y por un periodo mínimo de doce meses.
  • b) Contratación de Organismos de Investigación por el conjunto de los integrantes del consorcio, que supere 20.000 euros.

Costes subvencionables:

  1. Servicios externos.
  • Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
  • En caso de PYME, registro de derechos de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.
  1. 2 Adquisición de patentes y licencias
  • Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
  1. 3. Personal propio
  • Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo. Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.
  1. 4. Materiales
  • Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo
  1. 5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento
  • Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.
  • Cuando el proyecto suponga el desarrollo de prototipos o plantas piloto experimentales de demostración, el coste de amortización del instrumental y el equipamiento que se integre en el desarrollo previsto.

Para conocer todos los datos de la convocatoria, haz clic en los enlaces de abajo:

BASES REGULADORAS

CONVOCATORIA DOGV

Recuerda que IBIAE posee un convenio con una empresa local que se encarga de la realización de todos los trámites.