Programa GarantÃa Juvenil – LABORA 2026
1. Objeto de la subvención
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial y a jornada completa de personas jóvenes cualificadas, inscritas en el Sistema Nacional de GarantÃa Juvenil, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
La ayuda se enmarca en el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas y está regulada por la Orden 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.
2. Entidades beneficiarias
Pueden solicitar estas ayudas:
- Empresas de naturaleza privada
- Personas trabajadoras autónomas
- Con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana
No podrán obtener la condición de beneficiarias, entre otras:
- Entidades incursas en las prohibiciones del artÃculo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Agrupaciones sin personalidad jurÃdica
- Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción
- Entidades obligadas a disponer de plan de igualdad que no lo tengan registrado
- Empresas sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia laboral o de Seguridad Social
3. Personas destinatarias de la contratación
Las personas contratadas deberán cumplir todos los requisitos siguientes:
- Tener más de 16 años
- Estar inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de GarantÃa Juvenil
- Haber estado desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA durante al menos tres meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la contratación
- Contar con una cualificación profesional reconocida, como:
- Grado universitario
- Licenciatura, diplomatura, ingenierÃa o arquitectura
- Máster oficial o doctorado
- Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional
- Certificado de profesionalidad
(No se admite la Formación Profesional Básica)
4. Contratos subvencionables
Resultan subvencionables:
- Contratos indefinidos iniciales
- A jornada completa
- Celebrados con posterioridad a la publicación de la convocatoria
- Que supongan un incremento neto de plantilla respecto a la media de los 30 dÃas anteriores
Condiciones adicionales:
- Debe existir correspondencia entre la titulación de la persona contratada y el puesto de trabajo
- El trabajo debe desarrollarse en centros ubicados en la Comunitat Valenciana
- Máximo dos contratos subvencionables por entidad
Excepcionalmente, en el caso de personas con discapacidad severa, se admiten contratos de al menos 15 horas semanales, con reducción proporcional de la ayuda.
5. CuantÃa de la subvención
El importe de la ayuda será:
- 10.000 euros por cada contratación indefinida
- 12.500 euros si la persona contratada es:
- Mujer, o
- Persona con discapacidad
- 20.000 euros si la persona contratada es vÃctima de violencia sobre la mujer
- 25.000 euros si la persona contratada tiene discapacidad severa
La convocatoria cuenta con un presupuesto global máximo de 3.700.000 euros, financiado con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021–2027.
6. Plazo de presentación de solicitudes
- Inicio del plazo: 27 de enero de 2026, a las 10:00 horas
- Fin del plazo: 2 de junio de 2026
Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente después de la contratación y el alta en la Seguridad Social de la persona joven contratada.
7. Forma de presentación
La solicitud deberá presentarse:
- Exclusivamente de forma telemática
- A través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (LABORA)
- Mediante el procedimiento habilitado para esta convocatoria
- Con firma electrónica de la persona solicitante o representante
Las solicitudes presentadas por una vÃa distinta serán inadmitidas.
8. Procedimiento de concesión
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo como único criterio el orden de presentación de solicitudes completas.
En caso de empate, se priorizarán:
- Contrataciones de personas con discapacidad
- Contrataciones de mujeres
- Fecha y número de expediente
9. Obligaciones de la empresa beneficiaria
Las entidades beneficiarias deberán:
- Mantener el contrato subvencionado durante 24 meses
- Mantener la plantilla media durante el periodo de mantenimiento
- Comunicar cualquier modificación relevante a LABORA
- Cumplir las obligaciones de publicidad y transparencia
- Conservar la documentación justificativa durante el plazo legalmente establecido
10. Normativa reguladora
- Orden 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
- Resolución de 30 de diciembre de 2025, publicada en el DOGV el 26 de enero de 2026
Fuente oficial: LABORA – Servicio Valenciano de Empleo y Formación