Subvenciones a consumidores electrointensivos por compensación de cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia

Se ha publicado en el BOE el Extracto de convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021.

Beneficiarios:

Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria (archivo adjunto), bajo los códigos CNAE que se explicitan en el mismo.
  • Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.
  • Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.
  • Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria.

Ayuda:

Hasta el 85 % del coste subvencionable, siendo éste la parte de los cargos del sector eléctrico soportados por el consumidor durante el año 2021 destinados a la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares, conforme lo especificado en el Apartado Sexto de la Orden de convocatoria (documento adjunto).

Si la suma de la ayuda máxima a la que tuvieren derecho todos los beneficiarios excediere del importe global máximo destinado a las subvenciones en la convocatoria, éste se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.

Compatibilidad:

La percepción de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan como objetivo la compensación de los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones Públicas o de la Unión Europea.

Solicitudes y plazo:

La solicitud de ayuda junto con la documentación requerida, se presentará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación, comprenderá del 9 de mayo al 17 de junio de 2022, ambos inclusive.

Normativa de aplicación:

  • Bases reguladoras: Título III Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos (BOE de 17/12/2020)
  • Convocatoria: Orden por la que se convoca la concesión de las subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares soportados durante el año 2021 (archivo adjunto).