Programa MOVES II- Infraestructura Comunitat Valenciana

Ayudas a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas  y medidas de movilidad sostenible en el trabajo.

1. IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

  • Beneficiarios: personas jurídicas y otras entidades con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios, entidades locales y entidades pertenecientes al sector pública con personalidad jurídica.
  • Actuaciones subvencionables: Sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos (adquisición directa) y la preinstalación eléctrica para la recarga de vehículos eléctricos en comunidades, que cumplan con las especificaciones técnicas recogidas en el artículo 3 de la convocatoria. La infraestructura podrá destinarse para los siguientes usos:
  • Uso privado en sector residencial.
  • Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.)
  • Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
  • Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
  • Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.
  • Uso público en red de carreteras, en especial en estaciones de servicio y gasolineras.
  • Recarga de oportunidad de autobuses mediante pantógrafo.
  • Ayudas: hasta el 30% del coste subvencionable para empresas privadas y 40% para resto, con un límite de 100.000€ por destinatario y convocatoria.

2. IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE PRÉSTAMOS DE BICICLETAS ELÉCTRICAS

  • Beneficiarios: personas jurídicas y otras entidades con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, autónomos, entidades locales y entidades pertenecientes al sector pública con personalidad jurídica.
  • Actuaciones subvencionables: sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas públicos situados en la vía pública y accesibles a cualquier ciudadano, o bien restringidos al ámbito de empresas o polígonos industriales.
  • Ayudas: hasta el 30% del coste subvencionable, con un límite de 100.000€ por destinatario y convocatoria.  

3. IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS DE MOVILIDAD SOSTENIBLE AL TRABAJO

  • Beneficiarios: personas jurídicas y otras entidades con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, autónomos, entidades locales y entidades pertenecientes al sector pública con personalidad jurídica.
  • Actuaciones subvencionables: implantación de actuaciones de movilidad sostenible a los centros de trabajo o centros de actividad que tengan como objetivo actuar sobre la movilidad de los trabajadores, clientes o cualquier otro tipo de usuario. Podrán ser de dos tipos:
  • Medidas incluidas en un plan de transporte al centro de trabajo llevadas a cabo por autónomos o personas jurídicas citadas en los beneficiarios para el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta (aparcamiento de bicicletas, dotación de vestuarios, etc.), líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad, fomento del uso del transporte público o colectivo, plataformas y sistemas de vehículos compartidos.
  • Medidas que deberán llevarse a cabo en los núcleos urbanos para adaptar la movilidad al periodo post Covid-19 llevadas a cabo por entidades del sector público: fomento de desplazamientos individuales a pie, en bicicleta, en moto o en otros medios de desplazamiento unipersonal, refuerzo del transporte público, medidas que garanticen un reparto de última milla sostenible.
  • Ayudas: Hasta el 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo para aquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil en cuyo caso la ayuda será del 50%, con un límite de 200.000€ por destinatario y convocatoria.  

CARACTERÍTICAS COMUNES A TODAS LAS ACTUACIONES

  • Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos, por orden de presentación de las mismas.
  • Las solicitudes deberán presentarse antes del inicio del proyecto y se podrán tramitar telemáticamente a través del Registro de la GVA, hasta el 7 de octubre de 2021, siempre que no se agote antes el presupuesto disponible.
  • Si el presupuesto se agotara antes del cierre del programa, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas en caso de desestimaciones, renuncias, o revocaciones de las ayudas.  
  • Incompatibilidad con otras ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

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