Convocatoria del Programa ICEX Next de Iniciación y Consolidación de la Exportación

2 de febrero de 2022, se publicó en el BOE el Extracto de la Resolución de 25 de enero de 2022 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca para 2022 la concesión de subvenciones del “Programa ICEX Next de Iniciación y Consolidación de la Exportación” de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E. (BOE núm. 28, 02/02/2022).

El programa “ICEX Next” tiene como finalidad introducir y consolidar la cultura exportadora en la PYME española. Para ello ofrece a las empresas asesoramiento especializado a través de consultores expertos para el desarrollo de su estrategia exterior y mejora de su competitividad internacional y subvenciona determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia exterior. La convocatoria de 2022 cuenta con un presupuesto de 10.800.000 euros, repartido en cuatro procedimientos.

A continuación se extractan los aspectos más relevantes de la convocatoria, desde el punto de vista empresarial.

Beneficiarios

Las subvenciones del programa ICEX Next se dirigen a empresas españolas con potencial exportador, que deseen iniciar o consolidar su estrategia internacional y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser PYME (según la definición del Anexo I del Reglamento UE nº 651/2014).
  • Tener un producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia.
  • No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
  • Contar con una facturación superior a 200.000 euros. Excepto para las start-ups de base tecnológica de reciente creación.
  • Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional (contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia).
  • No haber participado en programas de Iniciación de ICEX.

No obstante, las empresas que hayan participado en estos programas con anterioridad a 1 de enero de 2015 cuya cifra de ventas en Reino Unido sea superior a 300.000 euros y/o el porcentaje de ventas en Reino Unido sobre el total de sus ventas internacionales sea superior al 30 % sí podrán ser beneficiarias del programa.

Asimismo, las empresas que hayan participado en estos programas entre los años 1997 y 2005, y que facturen más de 1.500.000 euros en el último ejercicio también podrán ser beneficiarias del programa.

  • No tener impagos con ICEX.

Importe de la subvención

ICEX subvenciona el 60 % de los gastos financiables, hasta un máximo de 24.000 euros.

Gastos subvencionables

  1. Asesoramiento personalizado: consultoría por los consultores ICEX-Next (dicho asesoramiento tendrá como finalidad el diseño de la estrategia internacional y su implementación).
  2. Gastos de prospección y estudios referidos a mercados internacionales.
  3. Gastos de promoción internacional: material promocional, difusión, publicidad, relaciones públicas, marketing digital, participación en ferias, seminarios, jornadas, conferencias; gastos de registro y defensa de patentes, propiedad intelectual y marcas internacionales.
  4. Gastos de desarrollo de red comercial en el exterior: acceso al mercado, registro, homologación y certificación del producto, auditoría, vigilancia de la marca, certificados de Exportación y calidad internacional, asesoramiento legal, financiero y administrativo para el desarrollo de la red comercial en destino y estudios de viabilidad.
  5. Gastos de contrataciones para el refuerzo, apoyo, asistencia técnica, operativa y/o comercial del equipo de desarrollo internacional de la empresa.

Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.

Plazo de presentación de solicitudes

Dentro de la convocatoria se realizarán cuatro procedimientos sucesivos.

  • Procedimiento 1: del 10 al 28 de febrero de 2022.
  • Procedimiento 2: del 10 al 31 de mayo de 2022.
  • Procedimiento 3: del 10 al 30 de septiembre de 2022.
  • Procedimiento 4: del 10 al 31 de diciembre de 2022.

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