Ayudas para inversiones realizadas por pymes industriales de la Comunitat

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana por las pymes vinculadas a los siguientes sectores: automoción, espacial y aeronáutica y sector semiconductores; biotecnología, producción audiovisual, producción de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual; cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos; industria del cuero y del calzado; fabricación de envases y embalajes; juguete, artículos de deporte y otras industrias manufactureras; fabricación de madera, muebles y aparatos de iluminación; mármol, la piedra natural y los áridos; sector metal-mecánico; papel y las artes gráficas; plástico; industria química; textil y valorización de materiales.

  • Inversiones entre 01/01/2024 y 04/11/2024.
  • Presupuesto mínimo subvencionable: 20.000 euros (IVA excluido)​​.
  • Importe de la ayuda: 30% del total de los costes subvencionables.
  • La ayuda máxima por empresa no superará los 200.000 euros​​ (régimen de minimis).
  • Presentación solicitudes: a partir del 23 de febrero de 2024.
  • Justificación de la subvención: hasta el 4 de noviembre de 2024​.

TIPOS DE GASTOS SUBVENCIONABLES

Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción y necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción. Se admitirán, además:

  • Moldes y matrices.
  • Maquinaria para la certificación o el control de calidad de productos.
  • Equipamiento e instalación de laboratorios internos y salas blancas.
  • Transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de los residuos, emisiones y efluentes generados por el proceso industrial.
  • Vehículos y equipos de transporte por el interior de las instalaciones.
  • Maquinaria de almacenaje, embalaje, preparación y logística de materias primas, productos intermedios o productos acabados.
  • Costes de traslado y puesta en funcionamiento, costes de conexión o adaptación con activos preexistentes, así como la adecuación de bienes inmuebles o de instalaciones, solo si son imprescindibles para la instalación de los nuevos activos.
  • Inversiones en instalaciones de prevención o extinción de incendios, así como inversiones necesarias para el cumplimiento de la normativa sectorial de seguridad industrial.

Costes de mejoras de maquinaria y activos materiales cuando consistan en cambios de componentes esenciales y supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral. No serán subvencionables los costes de meras reparaciones y el mantenimiento de maquinaria.

Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales:

  • Patentes, marcas, modelos de utilidad, licencias de fabricación, diseños industriales, diseños de productos, software, aplicaciones, desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria.
  • Activos inmateriales destinados a la modelización, simulación, virtualización, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización de procesos industriales
  • Aplicaciones de gestión logística interna y externa CRM o las tecnologías de gestión integrada de la información de la empresa ERP.
  • Pagos realizados desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de justificación, por el uso sin adquisición de esas licencias, diseños, software, aplicaciones, desarrollos o innovaciones.
  • Canon y royalties para la adquisición de derechos sobre la imagen de personas, personajes o marcas para incorporarlos a productos.

Costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos generados por la empresa solicitante.

Costes externos de certificación u homologación o normalización de productos o verificaciones de ensayos de seguridad.

Costes de ingeniería industrial, y los costes de legalización e inscripción de nuevas instalaciones o activos adquiridos.

Gasgtos de auditoría; cuenta justificativa (máx. 600 euros, IVA excluido).

Maquinaria de segunda mano; subvencionable si se obtiene declaración vendedora no otras ayudas y tasación del valor.