Ayudas autoconsumo IVACE

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), convoca ayudas destinadas al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo. Consulta aquí el texto de la convocatoria.

Actuaciones apoyables: se convocan los siguientes Programas.

1. Instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

2. Instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos, con o sin almacenamiento.

3. Incorporación de sistemas de almacenamiento que se incorporen en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

5. Incorporación de sistemas de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones y el tercer sector.

6. Instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energías renovables, destinadas a la climatización o producción de ACS en el sector residencial.

Beneficiarios

Programas 1, 2 y 3:

  • Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo entre otros: gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía, y empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
  • Requisitos: Entidades del Programa 1 deberán desempeñar su actividad dentro de los grupos: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S (CNAE-2009). Entidades del Programa 2 deberán desempeñar su actividad dentro del grupo A01, excepto el 017, o dentro de los grupos B, C, D, E o F (CNAE-2009). Entidades del Programa 3  deberán desempeñar su actividad dentro de un CNAE correspondiente a uno de los grupos establecidos para el Programa 1 ó 2.

Programa 5:

  • Personas jurídicas, físicas, entidades locales y sector público, que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Comunidades de propietarios.
  • Comunidades de energías renovables y ciudadanas de energía, que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en mercado.

Programa 6:

  • Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, personas jurídicas y personas físicas, que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Comunidades de propietarios.
  • Entidades locales y sector público.

Ayudas

Subvención a fondo perdido, que consiste en la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional, dependiendo del tipo de actuación subvencionable, según lo previsto en el anexo de la convocatoria.

Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comprende del 29 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2023. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos. Si se produce un agotamiento del presupuesto disponible antes del cierre del programa, se registrarán en lista de reserva provisional, y serán atendidas en caso de que se produzcan desestimaciones, desistimientos, renuncias o revocaciones que pudieran liberar presupuesto.

Tramitación electrónica a través de Registro telemático GVA.