Ayudas y subvenciones para proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas

El Institut Valencià de Competència Empresarial (IVACE) convoca una nueva línea de ayudas y subvenciones para empresas de nuestro territorio.

Dirigido a: PYME.

Presentación solicitudes: desde el 26/02/2018 hasta el 26/03/2018.

Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto): deberá iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2018 y podrá finalizarse hasta el 30/06/2019.

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 12/09/2019.

Objetivos: realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en cuatro actuaciones: desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV); readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora contínua y con criterios de ecoeficiencia (INNOVAProC-CV); transformación digital para la implantación de la industria 4.0 (INNOVAi4.0-CV); desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).

El Programa contará con financiación al 50 % del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, dentro del Eje Prioritario 3 «Mejorar la competitividad de las PYME», Objetivo Específico 3.4.2 » Promover la innovación de la PYME y la cooperación para la innovación en todos los ámbitos”.

Empresas beneficiarias: podrán acogerse a estas ayudas las PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación. En las tres primeras actuaciones serán empresas industriales manufactureras que deberán estar encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007). En INNOVATeiC-CV las beneficiarias serán pymes quedando excluidas las que desarrollen actividades encuadradas en los epígrafes K y L de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007).

Requisitos de los proyectos:

• Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2018.

• Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

• Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.

• Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante y actuación.

• Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 15.000 euros para las actuaciones INNOVAProD e INNOVATeiC. Este límite será de 12.000 euros en la actuación INNOVAProC y de 30.000 euros en INNOVAi4.0.

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

INNOVAProD-CV — Innovación de producto. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante. Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.

INNOVAProC-CV — Innovación de proceso. Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:

a) Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.

b) Readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia:

– Cambios en procesos para la obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño.

– Cambios de procesos que supongan la incorporación de tecnologías ecoeficientes.

– Cambios en procesos para uso eficiente de recursos.

– Cambios en procesos para facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.

– Cambios en procesos para garantizar la trazabilidad del producto.

INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0. Proyectos que tengan como objetivo la transformación de pymes manufactureras hacia un modelo productivo de fabricación avanzada mediante la incorporación de nuevas tecnologías digitales y aplicaciones, que necesariamente deberán tener como resultado la puesta en marcha de nuevas soluciones que incorporen estas tres características: Digitalización del mundo real, con la captura en tiempo real de parámetros relevantes para su caracterización; transmisión de la información digital a lo largo de la cadena de valor; procesamiento y análisis inteligente de los datos que posibilite acciones en base a la información obtenida.

INNOVATeiC-CV — Innovación soluciones TEICs. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

  • Tipo de ayuda:
  1. Subvención que podrá suponer hasta el 25% del importe de los costes subvencionables.
  2. Para todas las actuaciones se establece una ayuda máxima de 75.000 euros, excepto para la actuación INNOVAi4.0, cuyo importe máximo de ayuda se fija en 100.000 euros.

Costes subvencionables:

INNOVAProD-CV — Innovación de producto

a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.

Para que la propuesta sea viable deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 15 % del coste subvencionable total o 25.000 euros. Para proyectos de innovación directamente derivados de un proyecto de I+D anteriormente desarrollado por la empresa solicitante sobre cuyos resultados se plantea la puesta en producción de un nuevo producto, también será necesaria la contratación de servicios externos de estas características, pero sin aplicar los límites anteriores; en estos casos deberá acreditarse que ese proyecto de I+D ha recibido una ayuda en 2015, 2016 o 2017 proveniente de convocatorias de programas de I+D, de IVACE o de otro organismo público.

b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 30.000 euros.

e) Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo y servicios necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.

INNOVAProC-CV — Innovación de proceso

a) Servicios de consultoría e ingeniería para implantación de medidas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.

b) Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos.

c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 30.000 euros.

d) Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. Para proyectos de readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos acordes a la convocatoria. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.

INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0.

a) Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.

b) Activos inmateriales. Desarrollo de software a medida, adquisición de nuevas licencias, o bajo la modalidad de pago por uso, incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.

c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será el que resulte menor de los siguientes: un 20% del resto de costes subvencionables o 30.000 euros.

d) Activos materiales. Inversiones en hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.

INNOVATeiC — Innovación en TEICs.

a) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.

b) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros.

e) Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija.

Para conocer todos los datos de la convocatoria, haz clic en los enlaces de abajo:

BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS

CONVOCATORIA DOGV

Recuerda que IBIAE posee un convenio con una empresa local que se encarga de la realización de todos los trámites.